martes, 11 de agosto de 2009

PROYECTO DE ORDENANZA PRESENTADO AL CONCEJO DELIBERANTE

DIGESTO DIGITAL DE NORMATIVAS MUNICIPALES

En la mañana de hoy, 11 de agosto de 2009, hemos presentado al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza de Digesto Digital de Normativas Municipales.
Este Digesto es la compilación de normativas municipales (Ordenanzas, Decretos y Resoluciones), con el fin ordenarlas y dejar en claro las que están en vigencia en un solo texto ordenando.
Con este proyecto se busca dar a conocer, no solo para la población, sino también para los propios gobernantes, cuales son las normas existentes, para cumplir y hacer cumplir las mismas.
En el mismo, se pretende que se pueda acceder por la vía de un sistema informático, buscando las reglas, por diversas formas. Publicándolas, inclusive, por Internet a toda la población.
Este tipo de proyectos tienden a dar mayor transparencia, eficiencia a la gestión de gobierno y mejorar la calidad institucional, dado que las normas se presumen conocidas y los gobiernos municipales deben garantizar la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información.

Proyecto de Ordenanza

Visto:
Los problemas existentes cuando se desea buscar la normativa municipal que rige para un determinado tema, y

Considerando:
Que en año 1999 el Concejo Deliberante mediante el decreto 23/99 realizó el trabajo de organización de las ordenanzas existentes a esa fecha, la cual no tuvo la debida continuidad.
Que las deficiencias en el recupero de información legislativa, pueden ser solucionadas en gran medida mediante un ordenamiento racional del material legislativo, que permita en primer lugar depurar las normas existentes, en forma tal de conocer cuáles son las realmente vigentes y cuáles por vía de desuso o derogación tácita han quedado sin efecto.
Que el Digesto es la compilación de la normativa municipal con el fin de poner orden para dejar en claro la que está en vigor, utilizando una base de datos para identificarlas, describirlas y rescatarlas.
Que contar con un Digesto Municipal permanentemente actualizado es un servicio que se considera imprescindible a la hora de legislar, controlar y/o hacer cumplir las normas existentes por parte del Municipio, los Concejales, los órganos de control y la ciudadanía toda.
Que si bien existe la ordenanza municipal 1762 del año 92, sobre la creación del boletín oficial municipal, donde en su articulado expresa la publicación de normativas municipales, como Ordenanzas, Decretos, Resoluciones, etc., la misma no ha sido puesta en práctica hasta la actualidad, más allá de lo reglado en el artículo 108 de la Ley Orgánica Municipal, lo cual torna de desconocimiento para toda la población de las normas que la rigen.
Que la Ordenanza General 267/80, hoy vigente, expresa en su artículo 122 que “Toda iniciativa que modifique o tienda a sustituir normas legales o reglamentarias, deberá ser acompañada de una relación de las disposiciones vigentes sobre la misma materia y establecerá expresamente las que han de quedar total o parcialmente derogadas. Cuando la reforma afecte la sistemática o estructura del texto, éste se reordenará íntegramente”.
Que este municipio cuenta, aproximadamente, con más de 2740 Ordenanzas, sumadas a numerosas resoluciones y a un número importante decretos anuales, que necesitan ser ordenadas y clasificadas para su correcta aplicación y cumplimiento.
Que se detecta como principales problemas en esta normativa, los siguientes:
• Utilización en forma impropia de la fórmula de las derogaciones generales o indeterminadas: "derogase todo lo que se oponga a la presente"; no mencionando en forma expresa qué disposiciones son derogadas o modificadas.
• No se lleva un control de las ordenanzas existentes a la fecha, sólo se cuenta con el número de la norma y un detalle mínimo de la misma, lo cual hace dificultoso, sin una lectura detallada, determinar qué es los que dicha norma estipula. No se separan por temas, áreas y materia.
• Una misma materia es contemplada en dos cuerpos normativos distintos, originando superposiciones o contradicciones, al no modificar taxativamente disposiciones de la anterior, o en su caso, incorporarlas a la misma.
• Sanción y promulgación de algunas normas confusas, con problemas de redacción, citas, etc., a lo que se debe agregar errores de impresión.
• Las normas modificadas no se actualizan, ni se hace mención de que la misma fue modificada por tal o cual normativa nueva, por lo que no es confiable para su utilización, y redunda en un trabajo demasiado tedioso para hacerse de una reglamentación que se encuentra en vigencia.
• Si bien en los últimos años se están digitalizando las normas, es al solo efecto de no tener que tipearlas más de una vez, y poder obtener la cantidad de copias que se deseen, pero no se ha realizado ningún tipo de ordenamiento que permita una búsqueda rápida y efectiva. Además esta digitalización no está al alcance de la población y solo se accede a la misma por el área de la Secretaría de Gobierno o el Honorable Concejo Deliberante.
• Existen más de 500 ordenanzas que se encuentran en libros foliados, escritas en forma manuscrita, de las cuales algunas, aún hoy, tienen vigencia pero que son de muy difícil acceso, por el tamaño de los libros.

Que a dicho Digesto puede sumarse la incorporación de sistemas informáticos, que permitan un rápido recupero de información para los propios agentes municipales y vía Internet a toda la comunidad en su conjunto. De esta manera se puede hacer una gran diferencia, en términos de transparencia, eficiencia en la gestión y servicio al habitante.
Que las normas se presumen conocidas y los gobiernos municipales deben garantizar la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información, el Digesto Municipal permitirá dar cumplimiento a estos preceptos y mejorar la calidad institucional.
Que mediante el Digesto se puede tutelar el ordenamiento y la publicidad de las ordenanzas municipales del Distrito, sus resoluciones y decretos reglamentarios, compilando, depurando y sistematizando la legislación local desde la creación del Municipio hasta la actualidad manteniendo un índice electrónico de consulta con las correspondientes actualizaciones.
Que otra de las funciones del Digesto, no menos importante, es la de constituir una base de datos ordenada con criterios que permiten que la búsqueda no se haga a ciegas, sino sabiendo qué es lo que se quiere encontrar y cómo. El Digesto, como hemos visto, es más que una base de datos, pero no puede dejar de prestar un servicio como tal.
Que la creación y organización del mismo, así como su mantenimiento en el tiempo están al alcance del propio municipio, ya sea en recursos humanos, como en recursos financieros, por lo que es posible llevarlo a cabo con los gastos normales y habituales que el municipio posee en la actualidad.
Que la ley nacional 24.967 al igual que la ley provincial 13.492 regulan el ordenamiento y la publicidad de las leyes generales vigentes y su reglamentación, en igual sentido a lo que se propone en el presente proyecto.


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Confecciónese el Digesto Municipal del partido de Adolfo Gonzales Chaves.

Artículo 2º: Lo estipulado en el Artículo 1º tendrá como finalidad primordial la formación con actualización permanente del DIGESTO MUNICIPAL, integrado por el acervo ilustrativo e informativo de carácter Municipal, que sirva de consulta en forma organizada y útil de los textos que conforman las Ordenanzas, Decretos y Resoluciones del propio Municipio.

Artículo 3º: El Digesto que se crea mediante esta ordenanza deberá estar organizado de manera de poder acceder a cualquier norma en forma ágil, para lo cual deberá estar organizado por:
 Número y tipo de la norma (ordenanza, decreto o resolución).
 Fecha de sanción y promulgación.
 Temas a los que se refiere la norma.
 Breve descripción de la misma.
 Normas relacionadas a la misma (reglamentaria, modificatoria, derogatoria)
 Texto ordenando de la norma.

Artículo 4º: Para el cumplimiento del objetivo, de esta ordenanza se emplearán las técnicas que se establecen a continuación:

a) Recopilación: abarca la clasificación, depuración, inventario y armonización de la legislación vigente y un índice temático ordenado por categorías.
b) Unificación: importa la refundición en un solo texto legal o reglamentario de normas análogas o similares sobre una misma materia.
c) Ordenación: traduce la aprobación de textos ordenados, compatibilizados, en materias varias voces reguladas y/o modificadas parcialmente.
d) Informatización: creación de una base de datos relacional, para acceder vía intranet y/o internet, mediante cualquiera de los puntos citados en el artículo 3º de la presente.

Artículo 5º: La publicidad de las normativas que contenga dicho Digesto deberá ser para acceso de cualquier ciudadano que lo requiera. Si es a través de Internet se deberá dejar constancia que dicha normativa es de carácter informativo y carece de validez legal, al no estar firmadas por las autoridades competentes. Caso contrario se podrá solicitar copia de las mismas de acuerdo a lo estipulado en la ordenanza 2641.

Artículo 6º: Los gastos que demande la presente Ordenanza serán contemplados en el presupuesto de gastos del ejercicio 2010.

Artículo 7º: De forma.

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